• 6 de marzo de 2026 08:43

Congreso de Baja California declara constitucional Reforma sobre Revocación de Mandato

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Tras la aprobación de los cabildos del Estado, se declara procedente la incorporación de este mecanismo en la Constitución
Con esta reforma, la ciudadanía podrá evaluar el desempeño del Ejecutivo estatal y decidir sobre su continuidad

Mexicali, Baja California.- En sesión extraordinaria del Pleno del Congreso, encabezada por el Presidente de la Mesa Directiva, diputado Jaime Eduardo Cantón Rocha, se emitió la Declaratoria de Procedencia de la reforma constitucional que incorpora la revocación de mandato como figura de participación ciudadana, aplicable a la persona titular del Poder Ejecutivo del Estado.

Correspondió a la diputada Michelle Tejeda; Secretaria de la Mesa Directiva, dar lectura al documento. En su intervención destacó que esta reforma permite a la ciudadanía evaluar el desempeño de quien encabeza el Poder Ejecutivo estatal y, en su caso, solicitar su remoción mediante el voto popular, conforme a los requisitos establecidos en la Constitución local.

Como antecedente, el pasado 14 de agosto en sesión ordinaria, se aprobó por unanimidad el Dictamen 39 de la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales, relativo a las iniciativas presentadas por el diputado Juan Manuel Molina García y las diputadas Alejandrina Corral Quintero y Daylín García Ruvalcaba, quienes coincidieron en establecer este derecho ciudadano.

Posteriormente, se recibieron los oficios aprobatorios correspondientes a la mayoría de los Cabildos de los Ayuntamientos del Estado, por lo que el Congreso local procedió a emitir la declaratoria correspondiente. Este acto formal permite que la reforma sea publicada en el Periódico Oficial del Estado y entre en vigor.

De esta manera en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 112 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California y 50, fracción XIV, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado, se declaró formalmente la reforma a los artículos 5, 12, 18, 27, 44 y 46 de la Constitución local.

Cabe mencionar que el Congreso del Estado será responsable de emitir la Ley Reglamentaria correspondiente, a fin de garantizar la operatividad y legalidad del nuevo mecanismo de participación ciudadana.


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