En total, son 86 inmuebles de propiedad privada, ubicados en el municipio de Palenque, en el estado de Chiapas; en los municipios de Emiliano Zapata, Tenosique y Balancán, Tabasco; en los municipios de Escárcega y Calkiní, en Campeche, y Kanasín, Maxcanú, Tixpéhual, Bokobá y Umán, en Yucatán.
En tanto, al entrar en vigor dicho decreto, Fonatur, Fonatur Tren Maya y la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu), deben coordinarse para cubrir con su presupuesto autorizado el monto de la indemnización que en términos de ley deba pagarse a quienes acrediten su legítimo derecho.
Dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación de este decreto, los interesados podrán acudir al procedimiento judicial a que se refiere el artículo 11 de la Ley de Expropiación, pero solo con el único objeto de controvertir el monto de la indemnización.
“Si los bienes a que se refiere el presente decreto no son destinados a la realización de las acciones que dieron causa a la expropiación, el afectado podrá ejercer las acciones correspondientes, conforme a la normativa aplicable”, señaló el DOF.
Se espera otorgar en 2025 otros 40 mil millones de pesos a la Secretaría de la Defensa Nacional para terminar la construcción del Tren Maya, la obra que el ex presidente Andrés Manuel López Obrador inauguró en varias ocasiones durante su mandato.
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