De acuerdo con la resolución aprobada este 22 de enero, los artículos 350 Bis y 350 Ter del Código Penal local ya son constitucionales y se sancionará el maltrato o crueldad que se cometa en contra de cualquier especie animal dentro de la Ciudad de México.
Así como a quienes ocasionen su muerte utilizando dicho maltrato o crueldad. Además, se prohibe el uso de animales en ritos y usos tradicionales que puedan afectar el bienestar animal.
La Primera Sala de la Suprema Corte señaló que los conceptos de crueldad, maltrato, sufrimiento y agonía, definidos en la Ley de Protección a los Animales de la Ciudad de México, no son subjetivos, ya que constituyen actos de maltrato y crueldad y el objetivo de las normas es proteger la vida y la integridad de los animales.
Indicó que en la Constitución Política de la Ciudad de México se reconoce a los animales como seres sintientes e impone la obligación jurídica de respetar la vida e integridad de cualquier especie animal a toda persona, no son discriminatorios por razón de religión y no impiden la libertad de culto.
“La resolución emitida por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, nos permitirá continuar y fortalecer las acciones que, desde el Congreso de la Ciudad de México, seguiremos impulsando a fin de proteger la vida de los seres sintientes de la capital y el país”, indicó el coordinador del grupo parlamentario del Partido Verde en el Congreso capitalino, Jesús Sesma Suárez.
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