CDMX.- El presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), diputado Ricardo Monreal Ávila informó que sí se va a llevar a cabo un periodo extraordinario; “hasta ahora, la fecha que yo he conversado con los grupos parlamentarios y con los diputados de Morena será del 23 de junio, a las cuatro de la tarde, hasta el 2 de julio. A ver si podemos agotar los temas”.
Aclaró que la Cámara de Diputados tiene por desahogar 12 dictámenes; el Senado de la República tiene 10 asuntos, lo que da 22. Faltan por llegar cinco, lo que da 27 temas a contemplar en periodo extraordinario; de no llegar, solo se contemplarán 22.
Mencionó que la Comisión Permanente es la única que convoca a periodo extraordinario. “Es la única autoridad o órgano del Estado que convoca a un periodo extraordinario de sesiones ya sea de una Cámara o de ambas Cámaras, como es el caso, y al sesionar paralelamente no se suspende la Permanente en periodo extraordinario, sino que se mantiene sesionando cuando menos una vez por semana”.
Comentó que si no llegan las iniciativas de ley relativas al Poder Judicial o si no se logra concretar un acuerdo en lo de desaparición de personas o en la Ley de Telecomunicación y Radiodifusión, podría convocarse a un periodo extraordinario sólo con las materias que se tienen enlistadas dentro del Congreso y en las dos cámaras, como iniciativas o como dictámenes y en el trayecto de la celebración del periodo extraordinario o después de que se inicie, puede sesionar la Permanente y modificar la convocatoria, ampliando el número de temas a tratar, lo que es perfectamente legal.
La convocatoria, subrayó, señala los temas, el objeto y el periodo para el cual se convocará. “Vamos a enlistar las que ya tenemos, pero la celebración del periodo extraordinario no ha variado”.
Recalcó que si no hay una iniciativa sobre la reforma judicial o sobre otros temas que se ha dicho que se van a tratar, no los vamos a incluir, pero puede la Permanente, después del 23, decir: estos temas se van a incluir y modificar la convocatoria de la Permanente original. Tenemos elementos jurídicos y constitucionales para actuar de manera correcta, sin violar ninguna fundamentación constitucional”.
Resaltó que para convocar a un periodo extraordinario lo que Constitución Política dice es que exista el documento, la iniciativa y el procesamiento se puede llevar dentro del periodo extraordinario, incluyendo la elaboración del dictamen; bastaría con que enviaran la iniciativa de ley o presentarla algún diputado o legislador para que ésta sea contemplada en el periodo extraordinario.

