• 6 de marzo de 2026 10:59

SCJN aprobó proyecto por ‘error’ del nuevo secretario de Acuerdos sobre pago de pensiones de CFE; corregirán el lunes

Noticias de Actualidad de México y el Mundo -

Un conteo incorrecto de votos por parte del nuevo secretario general de Acuerdos generó una confusión sobre un proyecto que condiciona los pagos retroactivos de jubilación para trabajadores de la Comisión Federal de Electricidad (CFE).; la Corte rectificará el lunes.

CDMX.- En un hecho inusual durante la sesión pública de este jueves, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio por aprobado —por error— un proyecto de jurisprudencia que condiciona el pago retroactivo de las pensiones para trabajadores de la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

El incidente se atribuye a un fallo en el conteo de votos realizado por el recién nombrado secretario general de Acuerdos, Daniel Álvarez Toledo, quien asumió el cargo apenas el pasado lunes.

El origen de la confusión

Al finalizar el análisis de la contradicción de criterios 223/2025, Álvarez Toledo informó erróneamente que existía una mayoría a favor del proyecto presentado por el ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz. Sin embargo, el sentido real de la votación fue de cinco votos en contra y cuatro a favor, lo que debió resultar en el desecho de la propuesta.

Ante el reporte del secretario, el ministro presidente procedió a declarar resuelto el asunto y levantó la sesión con el tradicional golpe de mallete.

Lo que establecía el proyecto «aprobado»

La propuesta de Aguilar Ortiz buscaba fijar un criterio obligatorio que impactaría directamente a los jubilados de la CFE:

  • El requisito: Para exigir el pago retroactivo de una pensión jubilatoria prevista en el contrato colectivo, sería obligatorio presentar primero una solicitud formal ante la CFE a través del sindicato.
  • La consecuencia: De no acreditarse este paso administrativo previo, los trabajadores no podrían reclamar dicho pago ante los tribunales laborales.

Este caso llegó al máximo tribunal debido a la discrepancia entre tribunales colegiados de distintos circuitos, donde algunos negaban el pago sin la solicitud previa y otros sí lo permitían, especialmente en casos de trabajadores de confianza.

Fuentes internas de la Corte confirmaron que, tras el cierre de la sesión, diversos ministros advirtieron el error y solicitaron la rectificación inmediata. Se ha acordado que la equivocación será subsanada públicamente el próximo lunes, durante la aprobación del acta de la sesión previa.

Con esta corrección, el resultado oficial se ajustará a la mayoría opositora, notificando a las partes involucradas sobre el fallo real que, por el momento, frena la implementación de este criterio restrictivo para las pensiones de la paraestatal.


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