CIUDAD DE MÉXICO.– El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las candidaturas independientes en Michoacán deberán realizar sus campañas de manera estrictamente individual, por lo que no podrán coordinarse para compartir propaganda ni llevar a cabo eventos conjuntos.
Al resolver la Acción de Inconstitucionalidad 69/2026, el alto tribunal concluyó que permitir uniones de facto entre este tipo de aspirantes —como podría ser el caso de la virtual candidata Grecia Quiroz— distorsionaría la naturaleza de esta figura y afectaría la equidad en la contienda frente a los partidos políticos.
“No se permiten uniones de facto […], pues eso trae como consecuencias jurídicas que podrían vulnerar la equidad en la contienda y distorsionar la finalidad de las candidaturas independientes.” — Loretta Ortiz Ahlf, ministra de la SCJN.
Por su parte, el ministro presidente de la SCJN, Hugo Aguilar Ortiz, señaló que la regulación de este esquema de participación ciudadana es relativamente reciente en el país, por lo que corresponderá al Poder Legislativo realizar las adecuaciones pertinentes a la norma electoral.
Invalidan sanciones basadas en ‘percepciones’
En la misma sesión, los ministros invalidaron el apartado normativo que facultaba a las autoridades electorales a sancionar a los independientes bajo la mera «percepción» de que formaban un bloque, compartían identidad o impulsaban una plataforma común.
La ministra Yasmín Esquivel Mossa advirtió que dicha redacción habría permitido a la autoridad actuar con base en apreciaciones subjetivas o simples coincidencias ideológicas. Tras la resolución del máximo tribunal, las infracciones y castigos por coordinación indebida únicamente se aplicarán cuando existan pruebas objetivas y verificables.

Síguenos en
Facebook: Análisis Noticias Online
Threads: @analisisnoticiasonline.
Instagram: analisisnoticiasonline
Bluesky: Análisis Noticias Online
TikTok: @analisisnoticiasonline
Linkedin: Análisis Noticias Online
You Tube: Análisis Noticias Online

