Por: Juan Domingo
MEXICALI, B.C. — En un fallo unánime emitido este miércoles 29 de julio, la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó que el Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC) debe continuar con las investigaciones en contra de la senadora por Morena, Julieta Andrea Ramírez Padilla, por presunta promoción personalizada, actos anticipados de precampaña y campaña, así como posible uso indebido de recursos públicos.
El pleno federal analizó el expediente SG-JG-44/2026 y desechó la impugnación promovida por la legisladora con licencia, confirmando la sentencia previa del Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Baja California (TJEBC). Con este dictamen, se desestima el argumento de Ramírez Padilla sobre una supuesta violación a su derecho de presunción de inocencia.
El origen del proceso
La investigación deriva de una queja interpuesta por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), motivada por múltiples reportes ciudadanos referentes a la saturación de folletos, bardas pintadas y llamadas telefónicas orientadas a promocionar a la senadora de cara a la contienda por la gubernatura de Baja California en 2027.

Aunque el IEEBC había desechado inicialmente la denuncia, el pasado 15 de junio el tribunal local (TJEBC) revocó dicha decisión al considerar que el análisis del instituto fue deficiente. Ramírez Padilla recurrió a la instancia federal para revertir el fallo local, sufriendo con la resolución de hoy su segundo revés consecutivo en tribunales electorales.
Cuestión procedimental, no de fondo
Al presentar el proyecto, la magistrada ponente Irina Graciela Cervantes Bravo aclaró que la resolución no determina aún si la senadora es culpable o inocente de los cargos, sino que valide el procedimiento legal para que la autoridad administrativa desahogue la investigación.
«Lo único que se está analizando aquí es si el desechamiento que revocó el Tribunal Electoral fue adecuado o no… Nuestra ponencia considera que la autoridad responsable justificó las razones adecuadas porque la autoridad administrativa electoral hizo un estudio incompleto, fragmentado y descontextualizado de cómo debe atenderse esa queja», puntualizó la magistrada Cervantes Bravo.
Tras la ratificación de la Sala Regional Guadalajara, el Consejo General del IEEBC deberá desahogar el procedimiento correspondiente, recabar las pruebas necesarias y determinar, conforme a la legislación aplicable, si existen elementos para sancionar las conductas denunciadas.

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