• 21 de agosto de 2026 06:15

La SCJN avala a la SSPC para litigar por contratos irregulares en penales de la era García Luna

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Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) abrió la vía para que la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), encabezada por Omar García Harfuch, continúe promoviendo acciones legales por el daño patrimonial derivado de la celebración indebida de contratos para la construcción de penales, adjudicados durante la gestión de Genaro García Luna.

Por una mayoría de siete votos contra dos, el Pleno aprobó este jueves el proyecto presentado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf. El fallo reconoce por primera vez que una secretaría de Estado tiene legitimación para promover un amparo directo cuando busca defender recursos públicos de su propio presupuesto, con fundamento en el artículo 7 de la Ley de Amparo.

Al respecto, la ministra ponente señaló que la conducta imputada produjo una afectación patrimonial directa, al tratarse de recursos federales cuya gestión correspondía a la propia Secretaría en representación de la Federación.

Revocación de fallo previo y origen del caso

Con esta decisión, la SCJN revocó la sentencia de un tribunal colegiado que en octubre de 2023 había sobreseído el juicio bajo el argumento de que la SSPC carecía de legitimación procesal.

El recurso legal deriva de una denuncia presentada en 2020 contra 16 exservidores públicos por presuntas irregularidades en contratos y convenios para la construcción y operación de ocho centros penitenciarios. De acuerdo con la Fiscalía General de la República (FGR), estas maniobras habrían causado un quebranto al erario superior a los 5 mil millones de pesos.

Según las investigaciones de la FGR, entre 2010 y 2011 funcionarios bajo el mando del entonces secretario de Seguridad Pública, Genaro García Luna, simularon procesos de adjudicación directa. Posteriormente, exservidores públicos de menor jerarquía firmaron 76 convenios modificatorios para mantener vigentes los contratos originales, por lo que fueron imputados por uso indebido de atribuciones y facultades, así como por asociación delictuosa.

Antecedentes judiciales y orden del Máximo Tribunal

Previamente, un juez de control se negó a vincular a proceso a los imputados y sobreseyó parte de la causa al considerar que los delitos habían prescrito, decisión que fue ratificada por un Tribunal de Alzada.

Ante esto, la SSPC promovió un amparo directo; sin embargo, el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito lo desechó tras argumentar que el uso indebido de atribuciones es un delito formal que no genera un daño material directo a la dependencia.

La Suprema Corte rechazó de manera definitiva dicho criterio, revocó la resolución y ordenó devolver el expediente al tribunal colegiado de origen para que analice y resuelva el fondo del amparo promovido por la SSPC.


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