• 5 de noviembre de 2026 08:36

Confrontación en la SCJN: Lenia Batres choca con el Pleno por proyecto sobre negligencia médica en el ISSSTE

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Ciudad de México — Una nueva confrontación marcó este 4 de noviembre la sesión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), luego de que el Pleno rechazara por mayoría un proyecto presentado por la ministra Lenia Batres. La propuesta planteaba fijar un riguroso plazo para reclamar indemnizaciones por negligencia médica, criterio que desató un tenso debate sobre el acceso a la justicia y puso sobre la mesa cuestionamientos en torno a un posible conflicto de interés al involucrar indirectamente al ISSSTE, institución encabezada por su hermano Martí Batres.

El centro del debate: ¿Cuándo debe iniciar el plazo por negligencia?

El origen de la disputa jurídica se remonta al caso de una mujer fallecida el 20 de mayo de 2019 en un hospital público, cuya familia denunció que el deceso pudo derivar de una infección bacteriana provocada por la deficiente esterilización de un ventilador médico.

Los familiares aseguraron que conocieron esta posible irregularidad hasta el 27 de agosto de 2019 y presentaron su reclamación de indemnización exactamente dos años después, el 27 de agosto de 2021. Sin embargo, la institución de salud rechazó la solicitud bajo el argumento de que el plazo legal ya había expirado.

En su proyecto, la ministra Lenia Batres proponía que el periodo de dos años para interponer una demanda comenzara a computarse invariablemente a partir de la fecha de expedición del acta de defunción (21 de mayo de 2019), sin importar que los deudos desconocieran en ese momento la causa real del deceso. De haber prosperado esta interpretación, la familia afectada habría quedado completamente fuera de tiempo para exigir una reparación del daño.

Choque de posturas y fricciones en el Pleno

Durante la discusión, diversos ministros advirtieron sobre el riesgo de cerrar el acceso a la justicia a las víctimas que descubren negligencias médicas meses después del fallecimiento.

«No, no puede ser una causa subjetiva, estoy a favor exclusivamente del acta de defunción», sostuvo Batres durante el intercambio de posturas, defendiendo con firmeza su propuesta pese a las objeciones de sus compañeros.

Frente a la postura de la ministra, la mayoría del Pleno respaldó proteger a las familias. Por una votación de seis contra tres, la Corte determinó que el plazo legal de dos años debe empezar a correr a partir de que los familiares tengan conocimiento de la posible negligencia, y no de forma automática desde la entrega del documento de defunción.

Tensión en la votación y llamado a la pulcritud

El debate subió de tono al momento de definir la mecánica de las votaciones. Se registraron momentos de fricción cuando la ministra intentó modificar su posición sobre la marcha, lo que generó confusión en el recinto y obligó a la presidencia a solicitar mayor orden y pulcritud en el desarrollo de la sesión para evitar equívocos procesales.

Tras el rechazo de su propuesta central, Batres accedió a modificar su proyecto para alinearse con el criterio mayoritario de sus colegas. No obstante, las diferencias fueron de tal magnitud que cinco ministros votaron por mantener el asunto pendiente hasta revisar a detalle la nueva versión del documento.

Si bien la resolución definitiva del caso no define todavía si el ISSSTE estará obligado al pago de la indemnización solicitada, el episodio generó un amplio debate público sobre la pertinencia institucional y la imparcialidad en casos donde se vinculan intereses de dependencias federales con familiares de funcionarios del máximo tribunal.

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