CIUDAD DE MÉXICO. — Por unanimidad, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar. El máximo tribunal determinó que la transferencia de casi 45 mil millones de pesos procedentes de cuentas individuales inactivas hacia el Estado no constituye una expropiación ni una confiscación, sino un cambio en la administración de los recursos para fortalecer la seguridad social en el país.
El fallo desestimó la acción de inconstitucionalidad promovida por 185 diputados de oposición contra el decreto promulgado el 30 de abril de 2024. La Corte ratificó que los ahorros continúan siendo propiedad de los trabajadores o sus beneficiarios, quienes conservan el derecho de reclamarlos de manera permanente e imprescriptible.
Garantía de propiedad y fondo de reserva
Durante la sesión, el ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, rechazó las críticas sobre el manejo de los fondos y enfatizó que el mecanismo mantiene todas las garantías para los cuentahabientes. «Lo único que está ocurriendo es que se cambia de administrador hacia un mecanismo distinto, pero con todas las garantías. Se mantiene la propiedad de los recursos a favor de los trabajadores», afirmó.
Por su parte, la ministra ponente, Loretta Ortiz Ahlf, sostuvo en su proyecto que la medida no vulnera la propiedad privada. Asimismo, la ministra Yasmín Esquivel Mossa subrayó que las reformas a las leyes del Seguro Social, ISSSTE e Infonavit contemplan la obligación de constituir una reserva financiera para restituir los fondos en el momento en que sus titulares o beneficiarios los soliciten.
Esquivel Mossa recordó que el propósito central del fideicomiso es complementar los retiros de los trabajadores con menor ingreso para asegurar una pensión equivalente a su último salario registrado. En esa línea, el ministro Giovanni Figueroa Mejía destacó el principio de solidaridad social de la medida, al aprovechar recursos inactivos para fortalecer el sistema colectivo sin despojar a sus dueños originales del derecho a recuperarlos.
Paso libre para su operación
Respecto a las impugnaciones vertidas por posibles irregularidades durante el proceso legislativo en comisiones, el pleno de la SCJN concluyó que dichas faltas fueron subsanadas al garantizarse un debate libre y público en el pleno de la Cámara de Diputados.
Con esta resolución, el Fondo de Pensiones para el Bienestar mantendrá sus operaciones como un fideicomiso público bajo la fiduciaria del Banco de México (Banxico). De esta forma, las Afores y PENSIONISSSTE continuarán con la transferencia de los fondos inactivos de aquellos trabajadores de 70 años o más en el IMSS, y de 75 años en el ISSSTE, siempre que no mantengan una relación laboral activa.

